Boletín individual de alojamiento
El boletín individual de alojamiento es el formulario que cada cliente de un alojamiento turístico rellena y firma a su llegada, según el artículo 37 de la ley 80-14; es el nombre oficial de la ficha de policía.
El boletín individual de alojamiento (« bulletin individuel d'hébergement ») es el nombre que da la ley 80-14 a la ficha de policía. Su artículo 37 obliga al explotador de un alojamiento turístico a exigir a cada cliente, desde su llegada, un documento de identidad y que rellene y firme este boletín, cuyo modelo se fija por vía reglamentaria.
Qué contiene
El decreto 2-15-865 del 9 de junio de 2016 fija el modelo en su anexo. Los datos obligatorios son:
- apellidos, nombre, sexo, nacionalidad y fecha de nacimiento;
- país de residencia;
- tipo y número del documento de identidad;
- fechas de llegada y de salida prevista, y número de niños menores de 18 años.
El explotador declara estos datos por vía electrónica el día de la llegada (artículo 36) y archiva los boletines durante un año, a disposición de la Seguridad Nacional (DGSN) o de la Gendarmería Real (artículo 38). El modelo puede cambiar: pide el vigente a la autoridad que recibe tus declaraciones. Nuestra guía de la ficha de policía detalla la rutina, y el generador gratuito rellena un boletín listo para tu declaración.